Resolución 471 del 14 de mayo de 2020
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Por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas mínimas que deben tener los productos de la cartografía básica oficial de Colombia.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las especificaciones técnicas de los productos de la Cartografía Básica Oficial de Colombia, son de obligatorio cumplimiento para todo aquel que produzca cartografía básica para fines oficiales, así como para los gestores y operadores catastrales en el ejercicio de la gestión catastral.
La Cartografía Básica Oficial de Colombia puede ser producida por personas naturales, jurídicas, públicas p privadas, de acuerdo con lo previsto en esta resolución.
Artículo 3. Alcance. Se definen como productos finales de la Cartografía Básica Oficial de Colombia los siguientes:
a. Ortoimágenes.
b. Modelos digitales del terreno.
c. Base de datos cartográfica (Vectorial)
Imagen: 3DSculptor
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